125 - Fortalecer la protección de los bosques primarios y de edad madura en Europa y facilitar su restauración cuando sea posible
125 - Fortalecer la protección de los bosques primarios y de edad madura en Europa y facilitar su restauración cuando sea posible
RECORDANDO que los bosques primarios, vírgenes o de edad madura son un elemento clave de la conservación en todo el mundo, por los valores naturales y culturales que representan para la humanidad, tal y como ha señalado la UICN anteriormente, por ejemplo, en la Resolución 6.045 Protección de los bosques primarios, entre ellos los paisajes forestales intactos (Hawai‘i, 2016);
RECORDANDO TAMBIÉN que en Europa los bosques primarios y de edad madura incluyen bosques vírgenes, casi vírgenes, intactos desde hace mucho tiempo y bosques dominados por procesos naturales –todos relacionados con el concepto de bosque primario, se caracterizan por árboles maduros, rodales con especímenes de diversas edades y una gran presencia de madera muerta, y desempeñan un papel crucial en el mantenimiento de miles de especies, a menudo infrecuentes o amenazadas, algunas de las cuales no están sujetas a las políticas europeas de protección de la naturaleza;
RECORDANDO ADEMÁS las directrices sobre espacios naturales en Europa, promovidas por la resolución del Parlamento Europeo de 3 de febrero de 2009, que son plenamente aplicables en este caso;
OBSERVANDO la falta de entendimiento mutuo entre la ciudadanía europea sobre lo que constituye un bosque primario y de edad madura en el contexto de Europa, a pesar de las aclaraciones aportadas por las Directrices de la Comisión Europea para la gestión de los espacios naturales y las zonas silvestres en la red Natura 2000 (2013);
OBSERVANDO las deficiencias de los mapas de los últimos bosques primarios y de edad madura que quedan en Europa, a pesar del trabajo reciente de Sabatini et al. (2018, 2021) que demuestra que los remanentes de bosques de edad madura representan menos del 1% de la superficie forestal europea y que, en la mayoría de los casos, no gozan aún de protección estricta;
PONIENDO DE RELIEVE que, además de su incalculable valor de existencia, los bosques primarios y de edad madura proporcionan servicios ecosistémicos esenciales, contribuyen a la mitigación del cambio climático y sustentan la diversidad biológica;
PROFUNDAMENTE PREOCUPADO por la degradación persistente de los bosques primarios y de edad madura de Europa por causa de las actividades perjudiciales, en algunos casos a pesar de ser sitios protegidos;
OBSERVANDO que la protección de los restantes fragmentos de bosques primarios y de edad madura es imprescindible para la recuperación de las especies que viven en esos bosques; y
PONIENDO DE RELIEVE que las características de los bosques primarios y de edad madura se desarrollan en períodos de tiempo prolongados, a menudo de más de cien años, y que, por consiguiente, la estricta protección urgente de estos bosques es crucial para conocer plenamente la dinámica natural del ecosistema;
1. PIDE al Director General que procure un contexto favorable para la conservación:
a. formalizando un acuerdo sobre un entendimiento práctico pertinente para todas las regiones de Europa; y
b. impulsando el levantamiento de un mapa completo de los bosques primarios y de edad madura de toda Europa, que muestre su ubicación, hábitats naturales, grado de madurez y estado de protección;
2. ALIENTA a los Estados Miembros de Europa a promover un marco jurídico en pro de la conservación y restauración de los bosques primarios y de edad madura que incluya medidas para:
a. establecer, como meta del Pacto Verde Europeo, la estricta protección de bosques primarios y de edad madura, promover su implementación a través de la Estrategia de Biodiversidad de la Unión Europea, y desarrollar vínculos con la Estrategia Forestal Europea, la Red Natura 2000, la Convención del Patrimonio Mundial de la UNESCO, estrategias forestales nacionales e iniciativas regionales;
b. apoyar el establecimiento de sistemas de alerta a fin de identificar y prevenir nuevas amenazas en cuanto surjan; y
c. evaluar y promover alternativas para la protección a perpetuidad, específicamente, a través de áreas protegidas, además mediante otros instrumentos, tales como normas fiscales, pago por los servicios ecosistémicos, posibilidades de compra de tierras, y arrendamientos y servidumbres a largo plazo; y
3. ALIENTA a los Estados Miembros y los gestores forestales de Europa a salvar los bosques primarios y de edad madura, incluso los bosques pequeños:
a. prohibiendo la obtención de madera procedente de bosques primarios y de edad madura, con excepción de los bosques antiguos unicamente tal como fueron definidos en la Resolución 6.046 Evaluación de la aplicabilidad a nivel mundial del concepto de bosques antiguos como se entiende en la política y la gestión forestales europeas (Hawai‘i, 2016) y garantizando la protección de estos bosques, preferentemente a través de medidas reglamentarias, posiblemente basadas en el mecanismo de diligencia debida; y
b. impulsando iniciativas de protección y restauración de los bosques primarios y de edad madura, que incluyan un enfoque especial en la expansión y la conexión/reconexión entre bosques intactos desde hace mucho tiempo.