028 - Mejorar la gestión de los dispositivos de deriva de agregación de peces en la pesca con redes de cerco
028 - Mejorar la gestión de los dispositivos de deriva de agregación de peces en la pesca con redes de cerco
RECORDANDO la Resolución 5.031 Ordenación precautoria del atún por medio de objetivo y puntos de referencia límite, y utilización mejorada de los dispositivos de concentración de peces (FAD) de barredera (Jeju, 2012), que ya puso de relieve las preocupaciones en relación con esos dispositivos;
ALARMADO por la situación de la vida en los océanos, incluida la sobreexplotación de las poblaciones de peces, en particular de atunes, un creciente número de cuyas poblaciones están sobreexplotadas, en parte debido a la pesca ilegal, no declarada, no regulada y no gestionada;
OBSERVANDO que el uso de dispositivos de deriva de agregación de peces ha aumentado considerablemente en todo el mundo desde 2012, tanto en la alta mar, como en las zonas económicas exclusivas (ZEE);
OBSERVANDO CON PREOCUPACIÓN que se sabe que estos dispositivos conllevan altos niveles de captura de ejemplares jóvenes de atunes patudo (Thunnus obesus) y atunes de aleta amarilla (T. albacares) que pueden afectar a la viabilidad de las poblaciones;
PREOCUPADO por los otros impactos adversos de los dispositivos de deriva de agregación de peces sobre la vida marina, incluida la cantidad significativa de capturas incidentales, y la contaminación causada por dispositivos de este tipo extraviados o abandonados, que se convierten en desechos marinos que pueden provocar una elevada mortandad de fauna marina silvestre;
PREOCUPADO TAMBIÉN por la necesidad de mejorar las medidas de gestión de los dispositivos de deriva de agregación de peces y la falta de transparencia en la supervisión de las medidas de conservación ya adoptadas por las organizaciones regionales de ordenación pesquera (OROP) respecto de ellos, dentro de las ZEE y en la alta mar;
RECONOCIENDO que la transparencia en la supervisión de las medidas de conservación adoptadas por las OROP respecto de esos dispositivos, dentro de las ZEE y en la alta mar, se puede mejorar; y
RECONOCIENDO TAMBIÉN las iniciativas gubernamentales y sectoriales para colaborar con instituciones científicas a fin de mejorar la composición y el diseño de los dispositivos de deriva de agregación de peces, así como su funcionamiento y despliegue, para minimizar los impactos antes mencionados;
1. ALIENTA a los gobiernos a que:
a. gestionen y supervisen de forma estricta el uso de los dispositivos de deriva de agregación de peces; y
b. reduzcan drásticamente el número de dispositivos de deriva de agregación de peces utilizados por sus flotas para facilitar la recuperación y reconstitución de las poblaciones de atún;
2. INSTA a todas las OROP a que:
a. establezcan un registro de dispositivos de deriva de agregación de peces con identificadores únicos y exijan un seguimiento constante por satélite en tiempo real de todos esos dispositivos desde su instalación hasta su recuperación;
b. colaboren de inmediato para establecer un límite con base científica al despliegue de dispositivos de deriva de agregación de peces por buque;
c. pidan a los propietarios de dispositivos de deriva de agregación de peces que los retiren del agua cuando lleguen al final de su vida útil y se aproximen a hábitats vulnerables (en colaboración con las comunidades y autoridades costeras) y eviten el uso de materiales como los plásticos que son dañinos para el medio marino; y
d. impongan el uso de métodos para impedir que se enmallen especies no comerciales (dispositivos de deriva de agregación de peces no enmallantes, dimensión de malla de las redes de cerco, restricción geográfica de los lugares de instalación, etc.) y adopten las medidas necesarias para minimizar las capturas de especies no objetivo;
3. EXHORTA a los Estados, la industria y la comunidad de ONG a que trabajen con los programas existentes de etiquetado y certificación, o según se requiera, consideren la posibilidad de establecer nuevos programas o etiquetas para las conservas de atún que reflejen las mejores prácticas; y
4. ALIENTA a todos los agentes a que continúen impulsando el conocimiento científico para mejorar la construcción, gestión, funcionamiento y despliegue de dispositivos de deriva de agregación de peces.