005 - Acción urgente contra la gramínea <em>Cortaderia selloana</em> fuera de su área de distribución natural
005 - Acción urgente contra la gramínea Cortaderia selloana fuera de su área de distribución natural
CONSIDERANDO que las especies exóticas invasoras están reconocidas como un importante factor directo e indirecto de la pérdida de la biodiversidad en todo el mundo;
RECORDANDO las Recomendaciones 2.79 Introducción de especies exóticas y 2.67 Especies exóticas invasoras (ambas adoptadas en Amman, 2000) que hacían referencia a los efectos dañinos de las especies invasoras para los ecosistemas naturales, favorecidos por el comercio global y agravados por los efectos del cambio climático;
RECORDANDO ADEMÁS la importancia de poner en práctica la Resolución 5.021 Aplicación de las disposiciones relativas a las especies exóticas invasoras contenidas del Plan Estratégico para la Diversidad Biológica 2011-2020 (Jeju, 2012);
RESALTANDO que Cortaderia selloana fue incluida en la lista de las 100 especies más dañinas para Europa por el proyecto Delivering Alien Invasive Species Inventories for Europe (DAISIE);
ALARMADO porque incluso hoy en día puede comprarse su semilla en todo el mundo de forma sencilla, barata y sin trabas legales a través de diferentes plataformas de Internet;
RESALTANDO que C. selloana presenta una altísima tolerancia a condiciones extremas muy duras para cualquier otra especie y requerimientos ecológicos muy poco exigentes;
PREOCUPADO por la amplia capacidad de C. selloana para desarrollarse en hábitats degradados asociados a las obras de construcción de infraestructuras lineales de transporte terrestre, como carreteras y vías de ferrocarril, en las que se amplifica la capacidad dispersiva de la semilla a lo largo de cientos o miles de kilómetros, entrando en contacto con hábitats de alto valor y espacios naturales protegidos;
PREOCUPADO ASIMISMO porque sus semillas se elevan fácilmente del suelo con las turbulencias de aire que se producen al paso de los vehículos permitiendo su dispersión incluso en los días con poco viento; y
TEMIENDO que con la actual situación de cambio climático es previsible que la especie pueda aprovechar nuevas ventajas dada la rapidez de los cambios ecológicos y su plasticidad para aprovecharlos;
1. INSTA al Director General a no desfallecer en la comunicación a los Miembros de la UICN sobre la amenaza que suponen para la biodiversidad las especies exóticas invasoras;
2. INSTA a los Miembros fuera del ámbito de distribución original de la especie en sitios donde actualmente es invasiva o potencialmente pueda serlo:
a. tomar a corto plazo medidas precisas para controlar sus poblaciones;
b. incluir a Cortaderia selloana entre las especies susceptibles de un plan de detección temprana con el objetivo de simplificar y abaratar su control en sitios de riesgo;
c. tomar medidas para evitar su introducción en países a través del comercio de especies de jardinería o a través del comercio en internet; y
d. regular el comercio electrónico de especies exóticas invasoras por internet con el objeto de restringir su venta fuera de su ámbito de distribución original;
3. INSTA al Grupo Especialista en Especies Invasoras de la Comisión de Supervivencia de Especies (CSE) a:
a. apoyar la labor de las instituciones pertinentes para abordar el comercio electrónico de especies exóticas invasoras; y
b. definir el grado de invasividad de Cortaderia selloana en comparación con otras especies exóticas invasoras agresivas en zonas templadas; y
4. EXHORTA a que algún gobierno de la Unión Europea se ofrezca para proponer la inclusión de esta especie en la Lista de Especies Exóticas Invasoras Preocupantes para la UE.